Todo sobre el

Subsidio de retención laboral por Catástrofe Sistema Frontal

Una guía simple con todo lo que debes saber antes de postular

Sobre el Subsidio

El nuevo Subsidio de Emergencia Laboral por catástrofe es un aporte mensual para empresas, que tiene como objetivo, ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de la catástrofe producida por las lluvias de junio (en las regiones de Valparaíso, O´Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana).

Pueden postular empresas que se hayan visto siniestradas por la catástrofe cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social y que se encuentren en las comunas afectadas de la región declarada en Estado de Excepción (Valparaíso, O´Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana).

Los montos corresponden a una bonificación mensual del 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM), por cada persona trabajadora postulada y concedida. La duración de este subsidio, será de tres meses, que podrán ser prorrogados por hasta tres meses adicionales con una bonificación por persona trabajadora postulada y aceptada correspondiente a 60% del IMM. Este dinero se entregará directamente a las empresas siniestradas, por todas las personas trabajadoras postuladas y aceptadas del establecimiento o sucursal, sin distinción de renta.

La condición de afectación de la empresa será establecida por la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región afectada a través de un informe fundado. La evaluación de la postulación solo podrá ser realizada una vez emitido dicho informe.

Los requisitos para postular son:

  • Ser una empresa que tribute en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pertenecer a pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
  • Haber sido afectadas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación, se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
  • Mantener una relación laboral al mes anterior del siniestro. Una vez concedido el beneficio se debe mantener continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por la persona trabajadora individualizada. Los contratos por los cuales postule la empresa, deben haber sido ingresado en plataforma de la Dirección del Trabajo conforme a lo establecido en el Artículo 9 del Código del Trabajo https://midt.dirtrab.cl/welcome

Las postulaciones se encontrarán abiertas desde el 04 de julio de 2023 en el sitio web www.subsidioalempleo.cl.

Las empresas postulantes deberán ingresar con su Rut y clave tributaria al sistema habilitado en www.subsidioalempleo.cl en donde deberá completar la siguiente documentación:

  • Aceptar las condiciones del subsidio a través de una Declaración jurada simple, provisto por la plataforma antes indicada,
  • Registrar en el Formulario on-line, el listado de personas trabajadoras que mantenían una relación laboral vigente al momento del siniestro.
  • Cargar los Contratos de trabajo de las personas individualizadas que debe contener el establecimiento especifico en el cual se desempeñan, si no dispone de la información deberá firmar y cargar una declaración jurada por los contratos.
  • Cargar certificado de pago de Cotizaciones previsionales de las personas individualizadas relativas al periodo de remuneraciones inmediatamente anterior al mes del siniestro.


En caso de que la empresa cumpla con los requisitos, se podrá continuar con la postulación.

Sobre el proceso de Postulación, Otorgamiento y Pago

Sí, para postular debe contar con Clave Tributaria. En caso de no tener Clave tributaria u olvidó su clave, puede recuperarla en https://www.sii.cl/destacados/clave_tributaria/

Sí, la empresa debe presentar los siguientes documentos:

  1. Contrato de trabajo por cada trabajador ingresado
  2. Certificado de cotizaciones de AFP y Salud por cada trabajador ingresado

¿Y si los documentos fueron siniestrados?

El mismo sistema proveerá una declaración jurada donde se exime a la empresa de presentar únicamente los contratos de trabajo

Si ha postulado al beneficio, Sence te informará cuando el resultado se encuentre disponible en el expediente electrónico del Subsidio de Emergencia Laboral por Catástrofe, ingresando con clave tributaria. Y por correo electrónico al mail ingresado en la etapa de postulación.

No, basta con postular una vez. Mes a mes, el Sence verificará el cumplimiento de requisitos para realizar el pago.

Las empresas no tendrán limites respecto de la cantidad de personas trabajadoras a postular. Aun así, la cantidad efectiva de personas trabajadoras a conceder, estará sujeta a la cantidad que se encuentre en riesgo de perder su fuente laboral según informe emitido por SEREMI del Trabajo y Previsión Social.

El subsidio finalizará respecto de un trabajador por:

       a) Fallecimiento de la persona trabajadora causante del subsidio
       b) Despido o renuncia de la persona trabajadora
       c) Dos meses consecutivos sin declaración o pago de cotizaciones
       d) Alcanzar máximo de pagos que contempla el subsidio (hasta diciembre de 2023)

Este subsidio no será compatible con el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas.

La empresa debe mantener la relación laboral que dio origen al pago, situación que será verificada mes a mes por el SENCE, mediante consulta a las instituciones que acrediten la declaración y pago de cotizaciones previsionales de salud y pensión.

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