Subsidio Unificado de Empleo
¿QUÉ ES?
El Subsidio Unificado de Empleo (SUE) es un beneficio del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, ejecutado por SENCE, que entrega un aporte monetario mensual a personas
trabajadoras de grupos prioritarios y a las empresas privadas que las contraten, para promover el trabajo decente y el empleo formal.
Rige desde el 1 de octubre de 2026 y reemplaza al Subsidio al Empleo Joven (SEJ), al Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) y al Subsidio Previsional a los Trabajadores Jóvenes (SPT).
¿A QUIÉNES ESTÁ DIRIGIDO?
Jóvenes de 18 a 24 años (hasta 24 años, 11 meses y 30 días).
Mujeres de 25 a 54 años (hasta 54 años, 11 meses y 30 días).
Personas de 55 años o más.
Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, desde los 18 años.
Empresas privadas que tributen en primera categoría y contraten a personas de estos grupos.
CARACTERÍSTICAS DEL BENEFICIO
Persona trabajadora: durante el primer año de vigencia recibe hasta el 10% de su renta bruta mensual, con un aporte mínimo de 2,5% del IMM ($13.225).
Empresa: durante el primer año de vigencia recibe hasta el 20% de la remuneración bruta mensual de la persona contratada.
Aplica a rentas o remuneraciones brutas de hasta 2,25 IMM ($1.190.250). Sobre 1,25 IMM ($661.250) el aporte disminuye gradualmente.
Duración: hasta 12 meses mientras se mantenga la relación laboral; 15 meses para personas con discapacidad y para micro y pequeñas empresas.
Se paga por transferencia bancaria. Personas dependientes y empresas reciben pagos mensuales; personas independientes reciben un pago anual en agosto.
Máximo 200 personas beneficiarias por empresa. Este límite no afecta a las personas que postulan directamente.
La empresa y la persona trabajadora pueden recibir el subsidio al mismo tiempo. Si la empresa postula, la postulación también cuenta para la persona.
El subsidio no es renta tributable ni remuneración, y es inembargable.
CALENDARIO DE POSTULACIÓN
SENCE fija los períodos de postulación y los publica en este sitio con al menos 30 días corridos de anticipación. Habrá más de un período en cada año.
| Período de postulación | Mes desde el que se devenga | Primer pago (a más tardar) |
|---|---|---|
| Octubre 2026 | Octubre 2026 | Diciembre 2026 |
| Noviembre 2026 | Noviembre 2026 | Enero 2027 |
| Diciembre 2026 | Diciembre 2026 | Febrero 2027 |
Regla general: el subsidio se devenga desde el mes de la solicitud y el primer pago se realiza a más tardar el último día del mes subsiguiente. Ver Calendario de Pagos.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS?
Personas trabajadoras dependientes
Pertenecer a un grupo prioritario.
Tener una renta bruta del trabajo mensual igual o inferior a 2,25 IMM ($1.190.250 aproximadamente).
Registrar, en los 18 meses previos a la postulación, al menos 6 meses de desempleo continuos u 8 discontinuos.
Pertenecer al 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (primer año de vigencia). No se exige a personas inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.
No haber sido condenada por uso indebido del subsidio.
Personas trabajadoras independientes
Pertenecer a un grupo prioritario.
Tener una renta bruta del trabajo mensual igual o inferior a 2,25 IMM.
Tener como máximo un año desde el inicio de actividades ante el SII, o no haber tenido ingresos por honorarios en los últimos 12 meses.
Cumplir el requisito de vulnerabilidad (40% RSH el primer año; no aplica a personas inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad).
No haber sido condenada por uso indebido del subsidio.
Empresas
Ser empresa privada contribuyente de primera categoría.
Postular dentro de los 3 meses siguientes al inicio de la relación laboral.
No haber tenido relación laboral con esa persona en los 12 meses anteriores.
Tener al día las cotizaciones previsionales y obligaciones laborales, pagadas dentro del plazo legal.
No tener condenas por prácticas antisindicales, vulneración de derechos fundamentales o delitos concursales en los últimos 2 años, ni ser reincidente en infracciones laborales.
Que ningún representante legal haya sido condenado por uso indebido del subsidio.
¿CUÁLES SON LAS RESTRICCIONES?
No pueden postular las sociedades del Estado ni las empresas públicas creadas por ley.
No pueden ser beneficiarias las personas que sean funcionarias del sector público, ni los representantes legales que sean socios o accionistas mayoritarios de la empresa.
El subsidio no puede recibirse si eres beneficiario o beneficiaria de una pensión de vejez.
Para la empresa, es incompatible con otros beneficios a la contratación financiados por la Ley de Presupuestos. Si se le concede el SUE, se entiende que opta por él.
CONSIDERACIONES IMPORTANTES
La postulación se realiza en línea en la Ventanilla Única Social (VUS), dentro de los períodos que fije SENCE.
Una persona con dos o más empleadores postula a un solo subsidio, calculado sobre la suma de sus remuneraciones.
Los montos se reajustan en los mismos porcentajes que el IMM, mediante decreto emitido en marzo de cada año.
La fiscalización corresponde a SENCE, bajo la supervigilancia de la Superintendencia de Seguridad Social. Entregar información falsa se sanciona penalmente y obliga a restituir lo recibido, reajustado y con intereses.
Registro Central de Colaboradores del Estado
En este marco y dado que este subsidio es entregado directamente a las empresas en su calidad de empleador/a y entidad potencialmente beneficiaria de subsidios y/o programas que contribuyen a mejorar la empleabilidad, solicitamos revisar el estado de su inscripción en el Registro Central de Colaboradores del Estado.
En caso de que su institución no aparezca en el registro, le solicitamos regularizar -por única vez- su situación en él según lo consignado en el artículo 6° de la ley N°19.862, y reiterado en julio 2024 por el artículo 7° del citado reglamento.
En caso de no estar inscrito/a en dicho registro y resultar beneficiaria/o del subsidio, no podrá recibir dichos fondos sino hasta que regularice su situación en el mencionado registro.
Si tiene dudas, ingresa a nuestro centro de ayuda. Y en caso de buscar otros programas Sence que te permitan gestionar el talento de tu empresa, ingresa aquí para una asesoría.